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	<title>Comunicación de litigios archivos - Estudio de Comunicación</title>
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	<description>Consultora de Comunicación y Relaciones Públicas</description>
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	<title>Comunicación de litigios archivos - Estudio de Comunicación</title>
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		<title>La importancia de las Relaciones Institucionales en las operaciones de M&#038;A</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Sotomayor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jun 2022 09:24:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Aída Prados]]></category>
		<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recientemente, el Tribunal de Justicia de la UE avaló la sanción millonaria impuesta por la Comisión Europea en 2019 a una conocida multinacional por haber finalizado una adquisición sin obtener primero el permiso de las autoridades de competencia de la UE. Según la normativa europea, finalizar operaciones sin el visto bueno de competencia o proporcionar [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Recientemente, el Tribunal de Justicia de la UE avaló la sanción millonaria impuesta por la Comisión Europea en 2019 a una conocida multinacional por haber finalizado una adquisición sin obtener primero el permiso de las autoridades de competencia de la UE. Según la normativa europea, finalizar operaciones sin el visto bueno de competencia o proporcionar información engañosa durante el proceso de aprobación regulatorio pueden suponer multas para los oferentes de hasta el 10% de su facturación.</p>
<p>La sanción de la Comisión en 2019 se basó en que la compañía oferente infringió las normas al utilizar una estructura de transacción de dos pasos, que implicaba llevar a cabo la compra a través de un «comprador provisional», antes de obtener la autorización de Bruselas. En su momento, la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, dijo: «Las empresas tienen que respetar nuestras reglas y procedimientos. Están obligadas a notificar y esperar nuestra aprobación antes de proceder con una fusión. El oferente estructuró la transacción para evitar cumplir con sus obligaciones». Ahora, el aval del alto tribunal a esta decisión, así como el agravamiento de las sanciones en caso de no haber comunicado previamente los planes para hacerse con el control de una empresa de manera escalonada, refuerza el límite a este tipo de compras corporativas en Europa.</p>
<p>Cada vez más las Relaciones Institucionales juegan un papel clave en las operaciones de M&amp;A transfronterizas, en las que es fundamental mantener un diálogo abierto, continuado y positivo con el interlocutor adecuado, y respetar los tiempos y procedimientos de la administración para lograr un resultado favorable. Ante la necesidad de concluir operaciones de M&amp;A con éxito, y preservar el permiso para operar, los inversores internacionales necesitan labrarse una buena reputación en el país en el que llevan a cabo la transacción, a la vez que minimizan los posibles riesgos.</p>
<p>Dejarse guiar por expertos en comunicación y relaciones institucionales, con un profundo conocimiento del complejo entorno político de cada país, permitirá a los inversores afrontar los retos regulatorios, mediante una estrategia de transparencia y acercamiento a las administraciones, construir unas relaciones basadas en la confianza y asegurar el éxito de la transacción.</p>
<p>Aída Prados, directora de Estudio de Comunicación</p>
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		<title>Cómo ganar un juicio sin ver hecha trizas la reputación del cliente en el ínterin en los medios de comunicación</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2020/10/02/como-ganar-un-juicio-sin-ver-hecha-trizas-la-reputacion-del-cliente-en-el-interin-en-los-medios-de-comunicacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Silvia Rodriguez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Oct 2020 10:19:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alberto Mariñas]]></category>
		<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[Juicios Mediáticos]]></category>
		<category><![CDATA[litigations]]></category>
		<category><![CDATA[pena de telediario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Confilegal.- Nuestro sabio refranero acuñó el dicho pleitos tengas y los ganes, para significar que pese a salir victorioso de un proceso judicial, en el trayecto habrás arrostrado un amargo balance de sinsabores, pérdida de tiempo y de dinero. Hoy, en nuestra sociedad de medios de comunicación y redes sociales rampantes, esa frase amplía su significación [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2><a href="https://confilegal.com/20201002-como-ganar-un-juicio-sin-ver-hecha-trizas-la-reputacion-del-cliente-en-el-interin-en-los-medios-de-comunicacion/"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-medium wp-image-40059 alignleft" src="https://www.estudiodecomunicacion.com/wp-content/uploads/2020/10/alberto-300x216.jpg" alt="" width="300" height="216" srcset="https://www.estudiodecomunicacion.com/wp-content/uploads/2020/10/alberto-300x216.jpg 300w, https://www.estudiodecomunicacion.com/wp-content/uploads/2020/10/alberto.jpg 512w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />Confilegal.- </a>Nuestro sabio refranero acuñó el dicho pleitos tengas y los ganes, para significar que pese a salir victorioso de un proceso judicial, en el trayecto habrás arrostrado un amargo balance de sinsabores, pérdida de tiempo y de dinero.</h2>
<p>Hoy, en nuestra sociedad de medios de comunicación y redes sociales rampantes, esa frase amplía su significación porque muchas empresas y particulares han tenido que vivir la triste experiencia de ganar un pleito, pero perder la reputación o dejarla muy maltrecha a lo largo del proceso judicial.</p>
<p>Pero <strong>¿cómo es posible que un juez te dé la razón y la opinión pública te condene?</strong></p>
<p>Sin duda, la respuesta está en la asincronía de los procesos judicial e informativo y en la instrumentación de la justicia como arma de comunicación que hacen, cada vez más, un creciente número de sujetos particulares, empresariales o políticos.</p>
<p>Mucho antes de que un juzgado sea capaz de mover un folio de un despacho a otro, los medios de comunicación y las redes sociales pueden haber generado ríos de tinta cargados de intencionalidad y prejuicios, a veces impulsados por papeles bajo secreto de sumario que se filtran impunemente.</p>
<p>Para cuando el asunto llegue a la vista, no digamos a la sentencia, millones de ciudadanos tendrán ya una opinión contra una de las partes, la temida “pena de telediario” que, a diferencia de la judicial, no es recurrible ante una instancia más alta.</p>
<p><strong>La lista de inocentes legales condenados comunicativamente se incrementa día a día. La alimentan, por un lado, demandantes que llegan a los tribunales con procesos judiciales espurios para coaccionar al demandado con la amenaza de perjudicar su reputación. </strong></p>
<p><strong>Y, por otro, aquellos que, aun teniendo una base legal, pretenden conseguir más de lo que un tribunal les concedería y conseguirlo mucho más rápido.</strong></p>
<p>Una estrategia de acoso y derribo en los medios de comunicación puede forzar al demandado a pactar para evitar que la reputación de su marca se erosione en un largo proceso.</p>
<p>NO HAY ASUNTOS NI ENEMIGOS PEQUEÑOS</p>
<p>Hoy en día no hay enemigo pequeño. <strong>Cualquiera tiene opciones de conseguir montar un asunto público casi de cualquier cosa.</strong></p>
<p>Cuando no lo puede hacer a través de los medios de comunicación “serios” puede recurrir a los programas sensacionalistas y/o a la jauría de las redes sociales.</p>
<p><strong>Al final cientos de empresas ven su reputación a los pies de los caballos, muchas veces por asuntos absolutamente manipulados, proceso judicial mediante.</strong></p>
<p><strong>Para luchar contra la pena de telediario hay que preparar la defensa del caso desde el principio en dos frentes, legal y comunicativo, y hacerlo de manera simultánea</strong>.</p>
<p>La mayoría de los equipos legales y de las empresas entienden las ventajas de hacerlo así, pero algunos todavía no.</p>
<p>Prefieren ahorrarse los trabajos de comunicación sin ser conscientes de los costes reputacionales –a veces con honda repercusión económica– que puede conllevar el perder la batalla de la opinión pública, aunque acaben ganando el caso judicial…mucho tiempo después.</p>
<p><strong>¿Hay que preparar la estrategia de comunicación solo en los asuntos predestinados a tener un alto perfil?</strong></p>
<p>En realidad, no solo en esos ya que con los canales disponibles hacen que casi cualquier caso sea susceptible de aparecer en los medios o difundirse en las redes sociales.</p>
<p>Pensemos, por ejemplo, en una demanda laboral de un par de empleados.</p>
<p>No parecería a priori un caso de alto perfil.</p>
<p>Sin embargo, si los empleados acusan a la empresa, por ejemplo, de poner en peligro su salud por las condiciones del puesto de trabajo y construyen una historia lacrimógena puede que consigan que un programa matinal de TV haga un reportaje de interés humano… y que la empresa se vea en medio de un lío importante, susceptible de pasar a las redes sociales y dañar su reputación.</p>
<p>DEFENSA DEL CLIENTE FRENTE A LA PENA DE TELEDIARIO</p>
<p><strong>¿Se puede hacer realmente algo frente a la pena de telediario?</strong></p>
<p><strong>Afortunadamente, la respuesta es sí.</strong></p>
<p>Si empresa y equipo jurídico están dispuestos, hay armas para frenar o contrarrestar la difusión de los argumentos de la parte demandante. Las estrategias de defensa comunicativa son muchas.</p>
<p><strong>La más agresiva pasaría por tomar la iniciativa en el proceso de comunicación para ser los primeros en contar el caso con un planteamiento muy periodístico que, además, desacredite los argumentos de la demanda y sus intenciones. Es una estrategia extrema que hay que saber cuándo y cómo usarla.</strong></p>
<p>Pero hay muchas otras estrategias y medidas tácticas posibles:</p>
<ul>
<li>Identificar las debilidades perceptuales del caso que pueden ser utilizadas contra la empresa o la marca y las de la demanda para preparar un relato alternativo y ventajoso.</li>
<li>Desarrollar una interlocución proactiva con los medios para transmitir la visión de la empresa, corregir los posibles errores y aclarar las intoxicaciones interesadas que la otra parte filtre a lo largo del proceso.</li>
<li>Definir con el equipo legal todos los posibles escenarios procesales y preparar los mensajes y acciones para cada uno de ellos.</li>
<li>Detectar los movimientos mediáticos del contrario para contrarrestarlos.</li>
<li>Hacer una formación de portavoces ad hoc para el responsable de contar el caso.</li>
<li>Acompañar a la empresa en su comparecencia ante el juez para darle cobertura frente a los medios y las posibles provocaciones organizadas por la otra parte.</li>
<li>Mantener una monitorización activa de medios y RRSS para tener alertas tempranas de posibles amenazas.</li>
</ul>
<p><strong>Poner todo esto en marcha, supone una defensa proactiva de la reputación de la persona, la marca o la compañía afectada  y, por su complejidad, requiere una estrecha colaboración con el equipo jurídico y disponer del tiempo que proporciona haber empezado a preparar la defensa tan pronto como el caso comienza.</strong></p>
<p><a href="https://www.linkedin.com/in/josealbertomarinas/">Alberto Mariñas</a>, socio en Estudio de Comunicación.</p>
<p><a href="https://twitter.com/amarinas">@amarinas</a></p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Comunicación y Justicia</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2017/02/02/comunicacion-y-justicia/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[aantonio]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Feb 2017 10:56:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alejandro de Antonio]]></category>
		<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[Periodismo]]></category>
		<category><![CDATA[blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación y Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 25 de enero, se presentó el libro de Estilo de la Justicia. Un trabajo realizado conjuntamente por el Consejo General del Poder Judicial y la Real Academia Española y cuyo objetivo es el de hacer más inteligible para la sociedad el difícil lenguaje jurídico. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2017/02/02/comunicacion-y-justicia/">Comunicación y Justicia</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 25 de enero, se presentó  el libro de Estilo de la Justicia. Un trabajo realizado conjuntamente por el Consejo General del Poder Judicial y la Real Academia Española y cuyo objetivo es el de hacer más inteligible para la sociedad  el difícil lenguaje jurídico. Este libro, junto con el diccionario del Español Jurídico elaborado también por  ambas instituciones hace ya un par de años, son herramientas  para hacer comprensible a los profanos el complicado mundo del derecho.</p>
<p>La comunicación está en la base misma de la sociedad y por lo tanto en la propia Justicia. Por ello era necesario  elaborar un manual de estilo que permitiera una mejor comprensión para  los ciudadanos.</p>
<p>Pero no sólo abogados, jueces, secretarios de juzgados o procuradores son los destinatarios de esta iniciativa. Se calcula que son más de millón y medio de escritos jurídicos los que se producen en nuestro país a lo largo de un año, por lo que todos vamos a vernos beneficiados con ello. La idea es realizar  un esfuerzo por mejorar el lenguaje, desde el utilizado en las leyes hasta las conversaciones entre los profesionales del derecho y el conjunto de los ciudadanos, para facilitar su comprensión y entendimiento.</p>
<p>Es casi seguro que todos hemos recibido algún tipo de escrito legal de difícil comprensión y para cuyo correcto entendimiento hemos tenido que acudir a algún amigo o familiar que supiera interpretarlo. Con esta iniciativa se ha dado un primer paso en una labor que tiene como objetivo último acercar el derecho a todos los ciudadanos, facilitando su  comprensión y, por lo tanto, mejorando el conocimiento de nuestros derechos.</p>
<p>Por Alejandro de Antonio, consultor sénior de <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/">Estudio de Comunicación España.</a></p>
<p>@AdAntoG</p>
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		<title>#Comunicaciónenlitigios: “Eso enfada al juez: seguro”</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2016/01/20/comunicacionenlitigios-eso-enfada-al-juez-seguro/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[jortiz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Jan 2016 13:20:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[reputación]]></category>
		<category><![CDATA[Reputación corporativa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El titular es una frase clásica en situaciones de litigio cuando asesores de Comunicación y abogados nos reunimos para proteger los intereses legales y de imagen de un cliente.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2016/01/20/comunicacionenlitigios-eso-enfada-al-juez-seguro/">#Comunicaciónenlitigios: “Eso enfada al juez: seguro”</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">El titular es una frase clásica en situaciones de litigio cuando asesores de Comunicación y abogados nos reunimos para proteger los intereses legales y de imagen de un cliente, sobre todo si se trata de acusaciones. La emplean los abogados para avisar de posibles problemas y, en general, el verbo “enfadar” suele sustituirse por sus sinónimos más subidos de tono. Se da esta situación cuando hablamos de hacer públicos “nuestros” argumentos (los de nuestro cliente) como acción de Comunicación para contrarrestar ataques, intencionados o no, contra la reputación de quien nos ha requerido para ayudarle cuando existe un litigio.</p>
<p style="text-align: justify;">Todo esto tiene que ver con los llamados “juicios mediáticos” o “paralelos”, la denominada “pena del Telediario”&#8230; Nos referimos, por tanto, a situaciones en las que los Medios tienen interés en el proceso judicial y sus periodistas necesitan fuentes de información fiables, identificables o ambas cosas a la vez.</p>
<p style="text-align: justify;">En las acciones de Comunicación en situaciones de crisis, y más concretamente de litigios, los objetivos de la Comunicación son minimizar los daños reputacionales e intentar salir reforzados. El primero de ellos se logra organizando una estrategia que permita actuar con rapidez ante cualquier nuevo acontecimiento y disponiendo de los medios adecuados para llevar la iniciativa de la Comunicación, para no ir “al rebufo” de lo que vaya sucediendo. Y es en la planificación para lograr este objetivo donde se suele producir la frase con la que se abren estas líneas: “Eso enfada al juez: seguro”.</p>
<p style="text-align: justify;">Consideran muchos abogados que los argumentos sólo hay que darlos en sede judicial, entre otras cosas porque los jueces pudieran pensar que la acción es para condicionar sus decisiones; de ahí lo de los posibles enfados. Nuestro argumento es que siendo públicos los documentos judiciales, salvo en los casos de secreto de sumario (y no: no entremos en lo de las filtraciones ahora, por favor), y siendo tan largos los tiempos entre actuaciones, las pérdidas de reputación serán tanto más irreparables cuanto más largo sea el lapso entre la primera información y la resolución definitiva. Es imprescindible hacer algo, entonces.</p>
<p style="text-align: justify;">Además, se trata de que las acciones de comunicación se cuiden de no entrar en conflicto con las de los asesores jurídicos. Por citar alguno de estos “cuidados”, que cada cual hable de sí mismo y no de otros implicados o imputados, no dar por hecho supuestas intenciones de otros actores del caso, no decir nada que no esté argumentado ya ante el juzgado, no desvelar estrategias de dichos asesores jurídicos y no “discutir” con la parte contraria, en el sentido de responderla o increparla en los Medios como si se estuviese en sala el día del juicio oral. Esto último, además de inútil, es poco ético.</p>
<p style="text-align: justify;">Periodistas y comunicadores debemos hacer una labor didáctica en este sentido y dirigida a todos los profesionales del Derecho, partiendo de que juristas e informadores somos complementarios, que no es intención de ninguno usurpar las funciones del otro. Que cada una de las partes sintetice sus argumentos y ofrezca la información en un lenguaje más periodístico y menos jurídico, favorece el trabajo del periodista, ayuda a la comprensión por parte de su audiencia y reduce los daños en la imagen de los implicados. Siempre existe el riesgo de actuaciones deontológicamente reprobables, por supuesto. Pero también en eso se nos puede -debe- exigir responsabilidad a unos y otros. Dejar de hacer algo porque hay quien lo pueda hacer de mala fe o porque alguien lo pueda considerar mala fe -léase intromisión, presión, incluso chantaje moral-, no es el camino.</p>
<p style="text-align: justify;">Por Jesús Ortiz, consultor sénior de<a href="http://www.estudiodecomunicacion.com" target="_blank"> Estudio de Comunicación España.</a></p>
<p style="text-align: justify;"><em>@JesOrtizAl</em></p>
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		<title>Olvidos y Recuerdos del derecho al olvido</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2015/10/28/olvidos-y-recuerdos-del-derecho-al-olvido/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Sotomayor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Oct 2015 10:16:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[derecho a la información]]></category>
		<category><![CDATA[derecho al olvido]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Dice un viejo aforismo que la ley que no se cumple no es ley. Ocurre con mucha frecuencia con  sentencias firmes y, en más ocasiones de las que se piensa, con los derechos que protegen o desarrollan las leyes.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2015/10/28/olvidos-y-recuerdos-del-derecho-al-olvido/">Olvidos y Recuerdos del derecho al olvido</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Dice un viejo aforismo que la ley que no se cumple no es ley. Ocurre con mucha frecuencia con  sentencias firmes y, en más ocasiones de las que se piensa, con los derechos que protegen o desarrollan las leyes.</p>
<p style="text-align: justify;">Es cierto que muchas veces hay una frontera muy delgada entre la garantía de derechos fundamentales  como el de <strong>libertad de información</strong>  y el de la<strong> protección del honor</strong>, la intimidad familiar y la propia imagen. Es un caso reciente que ha tenido que afrontar el Tribunal Supremo.</p>
<p style="text-align: justify;">Se trata de la reclamación de dos personas físicas para, acogiéndose al llamado derecho al olvido, conseguir que desapareciera toda posibilidad de encontrar en la Red una noticia sobre su detención, en los años ochenta, por un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) por el que fueron posteriormente condenados pero cumplieron su pena. La publicó El País en su entonces edición de papel que fue digitalizada, con la consiguiente indexación personal que dirige directamente a los autores, ya plenamente rehabilitados.</p>
<p style="text-align: justify;">Tanto en primera instancia como en la Audiencia Provincial de Barcelona, los reclamantes recibieron respaldo en sus pretensiones con la declaración de ilicitud  de la difusión realizada por el Medio por vulnerar su derecho a la intimidad y el honor (artículo 18 de la Constitución). En consecuencia, este fue obligado tomar las medidas necesarias para “cesar de inmediato en la difusión de dicha noticia”.</p>
<p style="text-align: justify;">El Tribunal Supremo ha tenido que entrar en el asunto para resolver el correspondiente recurso de casación presentado. La principal alegación para la unificación de doctrina fue que ambas sentencias vulneraban el derecho a la información del artículo 20.</p>
<p style="text-align: justify;">Y el Supremo se ha vuelto a pronunciar claramente en favor del derecho a la información revocando el pronunciamiento de las anteriores instancias que protegían el derecho al olvido. La estimación “parcial” del recurso que proclama recoge literalmente en su fallo: “Casamos en parte la expresada sentencia <em>(la de la Audiencia Provincial que ratifica la de Primera Instancia</em>) que <strong>declaramos sin valor ni efecto alguno en los pronunciamientos relativos a la supresión de los datos personales de las personas demandantes  en el código fuente de la página web que contenía la información  y de su nombre y apellidos o incluso iniciales, y a la prohibición de indexar los datos personales  para su uso por el motor de búsqueda interno de la hemeroteca digital gestionada por la demandada, pronunciamientos que dejamos sin efecto”.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Esta “estimación parcial” es el núcleo fundamental de la decisión del Supremo, aunque la sentencia recoge otras consideraciones jurídicas como las siguientes:</p>
<p style="text-align: justify;">“La recogida y tratamiento automatizado de datos  de carácter personal  están regidos por los principios de adecuación, pertinencia, proporcionalidad y exactitud” (calidad de los datos según Directiva europea).</p>
<p style="text-align: justify;">Internet, “no está y probablemente nunca estará sometida a las mismas reglas ni el mismo control que la prensa escrita…así lo ha entendido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos».</p>
<p style="text-align: justify;">El interés del público “no puede confundirse  con el gusto al cotilleo o la maledicencia”. No hay que confundir, afirma, el interés del público con  el interés público, que define como “el interés  en formarse una opinión fundada sobre asuntos de trascendencia para una sociedad democrática”.</p>
<p style="text-align: justify;">“En este caso, las personas demandantes carecen de cualquier relevancia pública  y los hechos de la información carecen de interés histórico en cuanto vinculados a esas personas”.</p>
<p style="text-align: justify;">También según el Supremo, el derecho al olvido digital no ampara que cada uno construya el pasado a su medida ni que aquellos que se exponen públicamente “a sí mismos” puedan exigir que se construya un currículo a su gusto.</p>
<p style="text-align: justify;">En cuanto a la vulneración de los derechos fundamentales al honor, la intimidad y la propia imagen, considera que el llamado “derecho al olvido digital” no puede suponer una “censura retrospectiva” de la información ni el sacrificio “excesivo” de su libertad.</p>
<p style="text-align: justify;">En fin, que aunque la sentencia del Supremo afirma que  mantiene los pronunciamientos declarativos de las dos anteriores sentencias en cuanto a la  ilicitud de la difusión  de la información, recalca que hay que permitir su indexación por los motores de búsqueda de Internet.</p>
<p style="text-align: justify;">Son más de treinta páginas las que contienen los fundamentos de derecho que motivan este fallo mediante el cual el que parece olvidado es el llamado “derecho al olvido digital”.</p>
<p style="text-align: justify;">Por eso yo recuerdo: <strong>“La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad familiar de los ciudadanos  y el pleno ejercicio de sus derechos”</strong> (art. 18.4 de la Constitución Española).</p>
<p style="text-align: justify;">Por Ramón Almendros, <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com">Director de Estudio de Comunicación. España</a></p>
<p>@ralmendros</p>
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		<title>Ley criminal 2.0</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2015/10/08/ley-criminal-2-0/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Silvia Rodriguez]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Oct 2015 14:48:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación política]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Periodismo]]></category>
		<category><![CDATA[la pena de telediario]]></category>
		<category><![CDATA[pena de telediario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Y puestos a modernizar, los legisladores han decidido legislar sobre algo tan actual como la pena del telediario o lo que podríamos llamar pena de titular. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2015/10/08/ley-criminal-2-0/">Ley criminal 2.0</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">La agilización de la justicia pasaba, según políticos y juristas, por actualizar una ley que hasta hace una semana tenía más de 130 años. Así, el pasado jueves el Congreso español aprobó una reforma parcial de la<strong> Ley de Enjuiciamiento Criminal</strong>, aquella por la que se rigen los procesos penales de este país, que doblan en número a todos los casos del resto de los órdenes jurisdiccionales, y que el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, dijo que estaba pensada para “robagallinas y no para el gran defraudador”, dando una idea de lo antigua que resultaba esta norma en pleno 2015.</p>
<p style="text-align: justify;">Efectivamente, además de reducir plazos de instrucción, esta reforma amplía la regulación de la intervención y el registro de algo tan del siglo XXI como las<strong> comunicaciones telefónicas y telemáticas</strong> (whatsapp, sms o correos electrónicos) e introduce por primera vez el uso de<strong> troyanos</strong> (software de vigilancia) en los dispositivos electrónicos sin que el titular tenga conocimiento de estar siendo vigilado. Siempre, eso sí, previa autorización judicial. Asimismo, se extiende a nuevos delitos la figura del agente encubierto en internet, que es la versión 2.0 del clásico infiltrado, una reivindicación de quienes persiguen la protección del menor en las redes y que servirá también para seguir la pista de los captadores de combatientes terroristas, entre otros.</p>
<p style="text-align: justify;">Y puestos a modernizar, los legisladores han decidido legislar sobre algo tan actual como la <strong><a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/?s=pena+de+telediario&amp;lang=es" target="_blank">pena del telediario</a></strong> o lo que podríamos llamar pena de titular. Por un lado, nos cambian el vocabulario. Artur Mas o Rodrigo Rato dejarán de ser “<strong>imputados</strong>” para ser “<strong>investigados</strong>”. Al menos hasta que el juez, acabada la instrucción, “impute formalmente la comisión de un hecho delictivo concreto” y, entonces sí, pase a llamarse “encausado”, “acusado” o “procesado”. El intento no está mal y muchos agradecerán no verse relacionados con el apellido imputado en un titular o en las tertulias. Pero en un país en el que a los poderosos (principalmente políticos, pero también empresarios o personajes de la farándula como Isabel Pantoja) la ley les otorga el derecho a la presunción de inocencia pero la opinión pública el de la culpabilidad, será difícil que la palabra investigado no se contamine de la misma connotación negativa y lleve implícita la sospecha la cuarta vez que los diarios la empleen. Si no, hagan el ejercicio e imaginen qué les viene a la cabeza si leen en un periódico que alguien hasta ahora ajeno a cualquier caso de corrupción o delito alguno es “investigado por blanqueo de dinero” o por estafa o por cualquier otra cosa.</p>
<p style="text-align: justify;">El segundo cambio es para proteger la<strong> imagen, el honor y la intimidad</strong> de las personas durante una detención, es decir, la pena de telediario. La ley introduce un artículo por el que se establece que la detención y la prisión provisional deberán practicarse “de la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio (…), con respeto al derecho fundamental a la libertad de información”. Las asociaciones de prensa han criticado desde el inicio esta medida porque estiman que si un personaje de relevancia pública es detenido el público tiene derecho a saber. Y no les falta razón, si bien en este punto volvemos a la presunción de culpabilidad. En cuanto vemos a alguien con las esposas o la mano de un policía sobre la nuca damos por hecho que el juez ha visto algún indicio y ya no hay perdón. Pero el problema no es esa primera foto. El problema es que si finalmente el juez decide absolverlo de todo pecado no hay otra imagen que contrarreste la que ha quedado en el imaginario colectivo.</p>
<p style="text-align: justify;">Por Elena Marín, consultora sénior de Estudio de Comunicación. España</p>
<p><a class="ProfileHeaderCard-screennameLink u-linkComplex js-nav" href="https://twitter.com/_elena_marin_">@<span class="u-linkComplex-target">_elena_marin_</span></a></p>
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		<title>Marketing online: Cuando se acaban las ideas&#8230;</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2014/08/18/cuando-se-acaban-las-ideas-marketing-online/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gabriel]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Aug 2014 08:23:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[marketing digital]]></category>
		<category><![CDATA[vídeos virales]]></category>
		<category><![CDATA[youtube]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Podríamos decir que comienzan las ciberideas: aquellas ocurrencias que surgen cuando se quiere iniciar un tema no tratado antes en internet.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2014/08/18/cuando-se-acaban-las-ideas-marketing-online/">Marketing online: Cuando se acaban las ideas&#8230;</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Podríamos decir que comienzan las <i><strong>ciberideas</strong>: a</i>quellas ocurrencias que surgen cuando se quiere iniciar un tema no tratado antes en <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/presenta-libro-el-maestro-carlos-bonilla/" target="_blank"><strong>internet</strong></a>. Hoy día es muy difícil crear o hablar de algo nuevo en la red. Más allá de la creatividad, llegando a rozar lo absurdo y sólo permitidas en ese espacio, surgen asuntos de distintas tipologías que actúan de reclamo o hilo conductor para que se genere una conversación en un <strong>blog, red social</strong> o <strong>medio  de comunicación</strong> con el objetivo de conseguir fama al autor o miles de seguidores y lectores.</p>
<p style="text-align: justify;">Por ejemplo es el caso de<strong> <i>@JenSelter</i> que está en la red triunfando con más de 4 millones de seguidores a causa de su trasero</strong>. Varias firmas de <i>leggins</i> la persiguen para que luzca sus prendas y ya ha aparecido en medios de renombre como la <i>ABC, People y Vanity Fair.</i></p>
<p style="text-align: justify;">También encontramos a <i>@muradosmann</i> un fotógrafo que junto a su pareja modelo han conseguido 1,5 millones de seguidores simplemente mostrando imágenes de  la palma de la mano de ella tirando del fotógrafo en lugares variopintos como un desierto, murallas, rascacielos, etc.</p>
<p style="text-align: justify;">La idea de colgar frases a modo de <i>post it</i> también ha dado el éxito a <i>@satiregram</i> un ex &#8211; estudiante de magisterio que colgando expresiones hace que sus seguidores se sientan identificados hasta conseguir una gran viralidad. Increíble resultado teniendo en cuenta la tipología de las frases: <i>“my nails” </i>es una de ellas. Tras el éxito ha dejado sus estudios para dedicarse al <i>márketing online</i> después de que varias marcas reclamen ser mencionadas ante sus 67.000 <i>followers</i>.</p>
<p style="text-align: justify;">Además encontramos las ciberideas que rozan lo inexplicable como por ejemplo la última moda norteamericana de grabarse quemándose a lo bonzo para subirlo a la red.  Este ejemplo deja constancia del alcance que pueden llegar a tener: <strong><br />
</strong></p>
<p style="text-align: justify;">[jwplayer mediaid=»19238&#8243;]</p>
<p style="text-align: justify;">
<p style="text-align: justify;">El problema hoy es la dificultad que existe por <strong><a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/online" target="_blank">descubrir cómo venderse en internet</a>.</strong> Hace falta un tema nuevo y original pero ¿es necesario también ser transgresor? Hasta cierto punto y con ciertos límites, sí, por eso hay que olvidar la red si se habla de temas tan manidos como moda, cocina, motor, ocio, viajes, bebés, literatura&#8230;</p>
<p style="text-align: justify;">Para triunfar hay que hacerlo desde un punto de vista o perspectiva que no se haya tratado antes. Así que, por muy extraña que parezca la ciberidea, no se sabe cómo y por qué ésta puede triunfar pero también hacerte perder la cabeza. Y es que la tradicional frase “si no estás en internet no existes” ahora debería ser “si estás en internet y no te siguen, mejor no existas”.</p>
<p>Por Eva Fresnillo, consultora senior de<a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/online" target="_blank"> Estudio de Comunicación, España.</a></p>
<p>@EvaFresnillo</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Foto: <i>@muradosmann</i></p>
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		<title>Comunicación de litigios</title>
		<link>https://www.estudiodecomunicacion.com/2014/08/04/comunicacion-de-litigios/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[scastano]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Aug 2014 11:56:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de Crisis]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación de litigios]]></category>
		<category><![CDATA[comunicación jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[litigios empresariales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cada día más, los Medios de Comunicación nos sorprenden con informaciones de carácter procesal que adquieren un gran alcance social tras su difusión pública.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com/2014/08/04/comunicacion-de-litigios/">Comunicación de litigios</a> se publicó primero en <a href="https://www.estudiodecomunicacion.com">Estudio de Comunicación</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Cada día más, los<strong> Medios de Comunicación</strong> nos sorprenden con informaciones de carácter procesal que adquieren un gran alcance social tras su difusión pública. Son noticias que afectan directamente a <strong>la reputación, la imagen y el futuro de nuestras instituciones, empresas y particulares</strong> que provocan un enorme “<strong>ruido mediático</strong>” que acaba por influir, muchas veces, en las decisiones de los tribunales de justicia. En este tipo de casos resulta necesario contar con un buen equipo de abogados, pero también con un <strong>equipo de especialistas en comunicación que conozca las reglas de juego</strong>, defienda la presunción de inocencia y evite una condena anticipada, al menos, en el ámbito de la información pública.</p>
<p style="text-align: justify;">El objetivo de los expertos en <strong><a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/hablando-se-entiende-a-los-jueces/" target="_blank">comunicación jurídica</a> y <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/comunicar-cuando-la-empresa-litiga/" target="_blank">litigios empresariales</a></strong>, capaces no sólo de interpretar el contenido de una sentencia, un recurso, un auto o cualquier tipo de resolución judicial, es establecer una estrategia de comunicación, unas acciones informativas y los mensajes públicos necesarios para que el imputado pueda atenuar el efecto negativo que provoca en su entorno profesional, social y personal la noticia de su imputación.</p>
<p style="text-align: justify;">En <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com/extranet/referencias/" target="_blank">Estudio de Comunicación hemos asesorado </a>diferentes procesos de este tipo, en diferentes países, convencidos de que cualquier imputado tiene derecho a la defensa jurídica, pero también a la mediática.</p>
<p>Por Santiago Castaño, consultor sénior de <a href="http://www.estudiodecomunicacion.com"> ESTUDIO DE COMUNICACIÓN</a> España.</p>
<p><em>@santi_castano</em></p>
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