#Comunicaciónenlitigios: “Eso enfada al juez: seguro”

El titular es una frase clásica en situaciones de litigio cuando asesores de Comunicación y abogados nos reunimos para proteger los intereses legales y de imagen de un cliente, sobre todo si se trata de acusaciones. La emplean los abogados para avisar de posibles problemas y, en general, el verbo “enfadar” suele sustituirse por sus sinónimos más subidos de tono. Se da esta situación cuando hablamos de hacer públicos “nuestros” argumentos (los de nuestro cliente) como acción de Comunicación para contrarrestar ataques, intencionados o no, contra la reputación de quien nos ha requerido para ayudarle cuando existe un litigio.

Todo esto tiene que ver con los llamados “juicios mediáticos” o “paralelos”, la denominada “pena del Telediario”… Nos referimos, por tanto, a situaciones en las que los Medios tienen interés en el proceso judicial y sus periodistas necesitan fuentes de información fiables, identificables o ambas cosas a la vez.

En las acciones de Comunicación en situaciones de crisis, y más concretamente de litigios, los objetivos de la Comunicación son minimizar los daños reputacionales e intentar salir reforzados. El primero de ellos se logra organizando una estrategia que permita actuar con rapidez ante cualquier nuevo acontecimiento y disponiendo de los medios adecuados para llevar la iniciativa de la Comunicación, para no ir “al rebufo” de lo que vaya sucediendo. Y es en la planificación para lograr este objetivo donde se suele producir la frase con la que se abren estas líneas: “Eso enfada al juez: seguro”.

Consideran muchos abogados que los argumentos sólo hay que darlos en sede judicial, entre otras cosas porque los jueces pudieran pensar que la acción es para condicionar sus decisiones; de ahí lo de los posibles enfados. Nuestro argumento es que siendo públicos los documentos judiciales, salvo en los casos de secreto de sumario (y no: no entremos en lo de las filtraciones ahora, por favor), y siendo tan largos los tiempos entre actuaciones, las pérdidas de reputación serán tanto más irreparables cuanto más largo sea el lapso entre la primera información y la resolución definitiva. Es imprescindible hacer algo, entonces.

Además, se trata de que las acciones de comunicación se cuiden de no entrar en conflicto con las de los asesores jurídicos. Por citar alguno de estos “cuidados”, que cada cual hable de sí mismo y no de otros implicados o imputados, no dar por hecho supuestas intenciones de otros actores del caso, no decir nada que no esté argumentado ya ante el juzgado, no desvelar estrategias de dichos asesores jurídicos y no “discutir” con la parte contraria, en el sentido de responderla o increparla en los Medios como si se estuviese en sala el día del juicio oral. Esto último, además de inútil, es poco ético.

Periodistas y comunicadores debemos hacer una labor didáctica en este sentido y dirigida a todos los profesionales del Derecho, partiendo de que juristas e informadores somos complementarios, que no es intención de ninguno usurpar las funciones del otro. Que cada una de las partes sintetice sus argumentos y ofrezca la información en un lenguaje más periodístico y menos jurídico, favorece el trabajo del periodista, ayuda a la comprensión por parte de su audiencia y reduce los daños en la imagen de los implicados. Siempre existe el riesgo de actuaciones deontológicamente reprobables, por supuesto. Pero también en eso se nos puede -debe- exigir responsabilidad a unos y otros. Dejar de hacer algo porque hay quien lo pueda hacer de mala fe o porque alguien lo pueda considerar mala fe -léase intromisión, presión, incluso chantaje moral-, no es el camino.

Por Jesús Ortiz, consultor sénior de Estudio de Comunicación España.

@JesOrtizAl

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